
Continuamos con la campaña “En regla con CFC: Aprópiate del Código de Policía”. Estos son otros aspectos que debemos tener en cuenta para cumplir y fomentar la convivencia ciudadana desde nuestra labor diaria.
Esta campaña la lideran la Dirección Jurídica CFC y nuestra oficial de cumplimiento, Alejandra Duque López.
Recurso hídrico, flora y fauna (parte 2)
– El Código de Policía estipula en su capítulo 2 del título Ambiente (IX) que:
– No podemos captar agua de las fuentes hídricas, sin la autorización de la autoridad ambiental:
Sanciones: Amonestación o suspensión temporal de actividad.
– No debemos lavar bienes muebles (como carros, motos y bicicletas) en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas.
Sanciones: Multa general tipo 4 ($ 833.324)
– Debemos abstenernos de realizar cualquier actividad en contra de la normatividad sobre conservación y preservación de humedales y sobre cananguchales y morichales.
Sanciones: Amonestación, multa general tipo 4 ($ 833.324) o suspensión temporal de la actividad.
Redacción: Carlos García, director de Comunicaciones CFC. dircom@cfcya.co